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Trabajadores rurales: prorrogan por un año la protección de asignaciones familiares y beneficios sociales
El Decreto 1204/2026 extiende desde septiembre el régimen para tareas temporarias y estacionales. Mantiene el piso vinculado a la AUH y la compatibilidad con prestaciones, bajo las condiciones aplicables.
Por: M.F.
Fecha de publicación: 19/10/2026 08:15 Hs.
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La prórroga mantiene el régimen de protección social para modalidades temporarias y estacionales del trabajo rural. Imagen de archivo.

El Gobierno prorrogó por un año, contado desde el 1 de septiembre de 2026, el régimen de protección social para trabajadores rurales temporarios y estacionales. La continuidad alcanza al esquema que establece un piso para las asignaciones familiares y contempla la compatibilidad del empleo registrado con determinadas prestaciones sociales.

La medida fue dispuesta por el Decreto 1204/2026, firmado el 16 de octubre y publicado este lunes 19 en el Boletín Oficial. Su artículo 1 extiende la vigencia del Decreto 514/2021 y de las normas complementarias y aclaratorias, en cuanto resulten aplicables. El nuevo período de continuidad se cuenta desde septiembre, aunque la publicación se haya producido en octubre.

A quiénes alcanza la prórroga

El régimen comprende las modalidades de trabajo temporario y permanente discontinuo del régimen de trabajo agrario, así como la contratación de temporada para actividades agropecuarias prevista en la Ley de Contrato de Trabajo. Su alcance depende de la modalidad de contratación: no incorpora de manera general a todo el personal rural permanente.

Qué se mantiene en las asignaciones familiares

La protección conserva la referencia al 100% del valor de la Asignación Universal por Hijo como piso para las asignaciones familiares comprendidas, con los requisitos y condiciones de la normativa aplicable. El mecanismo prevé un complemento cuando corresponda para alcanzar ese nivel.

La prórroga no fija un nuevo importe en pesos ni dispone un aumento adicional de la AUH. Extiende un régimen que busca evitar que el acceso al trabajo registrado en estas actividades se traduzca en una reducción de la cobertura familiar.

Compatibilidad con prestaciones sociales

El decreto también da continuidad al marco de complementariedad entre el empleo registrado y determinadas políticas de protección social. Esa compatibilidad no equivale a una autorización indiscriminada para conservar cualquier plan: debe analizarse el programa involucrado y las condiciones previstas en las normas complementarias vigentes.

La fórmula utilizada por la nueva norma —que mantiene esas disposiciones en cuanto resulten aplicables— exige revisar cada prestación. La sola prórroga no permite dar por restablecidos programas que hayan sido reemplazados ni omitir sus requisitos actuales.

Qué cambia para las próximas contrataciones

Para productores, empleadores y estudios que administran personal de cosecha o de temporada, la novedad central es la continuidad del marco de protección durante un nuevo período anual. La medida no modifica por sí misma las escalas salariales ni crea una reducción de aportes y contribuciones.

El antecedente inmediato era el Decreto 777/2025, que había extendido el régimen por un año desde el 1 de septiembre de 2025. Ahora, el Decreto 1204/2026 prolonga esa continuidad desde la misma fecha de 2026. Al evaluar una contratación, corresponde distinguir la registración laboral, el encuadre del trabajador y las condiciones de acceso a cada prestación.


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